TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 209/00 ------------------------------- ARTICULO 1.- Exímase a la Sociedad de Protección a la Infancia de ------------ Balcarce del pago de la Obra de Pavimentación, corres- pondiente a la calle 35 entre 28 y 30, Partida Municipal Nº 8883/03-8, según constancias obrantes en Expediente Nº 1241-B/97.--- ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil. FIRMADO: Fabián D. Ridao - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---------------------------------------------------------